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Legislación › Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado.

Artículo 5.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de diciembre de 1991 y la del 13 de julio de 2003. Tachado: lo que se quitó (101 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5.
El ingreso en el Notariado tendrá lugar mediante oposición para obtener el título Título de Notario.
La Dirección General convocará al menos una convocatoria de la oposición al año. La convocatoria, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", comprenderá un número de plazas que será el resultante de sumar al de las vacantes existentes en toda España en el momento de la convocatoria sesenta plazas más y, de dicha suma, restar el número de Notarios pendientes de ser nombrados para servir su primera Notaría, pero sin que en ningún caso el total de plazas convocadas pueda exceder del 6 por 100 del número total de las Notarías existentes en toda España.
La convocatoria
Estado" y deberá expresar:
1. a) El número de plazas que se convocan.
2. b) El lugar donde vaya a celebrarse la oposición.
3. c) Las condiciones o requisitos que deben reunir los aspirantes, la composición del Tribunal tribunal o Tribunales, tribunales, en su caso, los ejercicios que han de celebrarse y el sistema o forma de la calificación; calificación, todo lo cual podrá expresarse por referencia a este Reglamento. reglamento.
4. d) Una referencia al programa que ha de regir los dos primeros ejercicios de la oposición.
5. e) La cuantía de los derechos de examen.
6. f) La posibilidad de que en la misma oposición se constituyan simultáneamente varios Tribunales distintos tribunales distintos, identificados bajo números correlativos si lo considera conveniente la Dirección General a la vista del número de aspirantes admitidos, y de que alguno o algunos de dichos Tribunales tribunales actúen en lugares distintos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-1810 Leer Qué cambió
13 de julio de 2003 BOE-A-2003-13980 Leer Qué cambió
8 de diciembre de 1991 BOE-A-1991-29525 Leer Qué cambió
25 de julio de 1987 BOE-A-1987-17387 Leer Qué cambió
26 de junio de 1984 BOE-A-1984-14281 Leer Qué cambió
5 de junio de 1982 BOE-A-1982-13247 Leer Qué cambió
10 de febrero de 1965 BOE-A-1965-2419 Leer Qué cambió
15 de julio de 1944 Texto original Leer

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