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Legislación › Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado.

Octava.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de julio de 1944 y la del 30 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Octava.
Los Notarios que se hallen en situación de excedencia voluntaria con anterioridad a esta disposición, conservarán su derecho a tomar parte en oposiciones entre Notarios, e igualmente, si se lo hubieran reservado, el derecho a reingresar en el servicio activo por Notaría de la misma clase y el Colegio en que prestaban sus servicios; y (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-1810 Leer Qué cambió
15 de julio de 1944 Texto original Leer

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