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Legislación › Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

Artículo 231.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de marzo de 1946 y la del 4 de mayo de 2010. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 231.
Salvo lo dispuesto en el artículo anterior, los Registradores no certificarán de los asientos del Diario con sus notas, sino cuando el Juez o Juez, el Tribunal o el Secretario judicial lo mande o los interesados lo pidan expresamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2009-17493 Leer Qué cambió
20 de marzo de 1946 Texto original Leer

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