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Legislación › Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.

Artículo 314.

Artículo 314.

En los casos en que los interesados opten por la reexportación de las mercancías averiadas, se verificará ésta con las formalidades establecidas para la de las que salga de los depósitos.

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