Legislación › Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.
Artículo 361.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 1948 y la del 1 de octubre de 1981.
Tachado: lo que se quitó (59 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 361.
Los plazos de notificación, apelación y ejecución de los acuerdos, así como los demás trámites e incidentes de los procedimientos en materia de faltas reglamentarias, se sujetarán por completo en todas sus instancias a lo que determinan las disposiciones generales del Reglamento del procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas y a los especiales que en casos concretos establezcan estas Ordenanzas. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 1981 En vigor | BOE-A-1981-20204 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 1948 | Texto original | Leer |


