Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Artículo 389.
Artículo 389.
Al margen del asiento de presentación extenderá el Registrador una nota igual a la expresada en el artículo anterior.
Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Artículo 389.
Al margen del asiento de presentación extenderá el Registrador una nota igual a la expresada en el artículo anterior.
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