Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Artículo 601.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de mayo de 1947 y la del 29 de noviembre de 1989.
Tachado: lo que se quitó (41 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 601.
En las inscripciones de obras públicas en que haya de practicarse inscripción primordial y otras de referencia, se cobrarán por aquéllas los honorarios correspondientes, según las escalas del número 3 del Arancel, y por cada una de las otras, cien pesetas. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de noviembre de 1989 En vigor | BOE-A-1989-28112 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1947 | Texto original | Leer |


