Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Artículo 72.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de mayo de 1947 y la del 17 de diciembre de 1982.
Tachado: lo que se quitó (148 palabras). Subrayado: lo que se añadió (88 palabras).
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Artículo 72.
Las explotaciones industriales destinadas a la producción o distribución La inscripción de energía eléctrica los títulos en que disfruten de la correspondiente concesión administrativa se inscribirán en hoja especial, transmita la propiedad y bajo un solo número, conforme al artículo 31. Bajo el mismo número parte del dominio, y se expresarán las concesiones, presas, pantanos constituya a la vez el canon o saltos renta, se verificará a favor de agua, que exploten o les pertenezcan; las centrales térmicas ambos otorgantes o hidráulicas de que dispongan las líneas aéreas interesados en un solo asiento para cada finca: lugar acasarado o subterráneas grupo de transmisión o distribución suerte de corriente y sus características; las casetas distribuidoras o transformadoras y demás elementos tierra que, según el artículo 8. de la explotación así como las servidumbres de paso de energía establecidas voluntaria Ley, pueda comprenderse bajo un solo número, surtiendo esta inscripción los respectivos efectos legales que para cada uno se deriven del contrato.
Las inscripciones sucesivas que motiven los derechos o forzosamente y las autorizaciones permisos participaciones especiales del dominio útil o licencias que directo se disfruten para la explotación, harán precisamente a continuación o con arreglo referencia a las Leyes y Reglamentos administrativos sobre la materia. de
Si las diversas suertestierra estuvieren situadas en territorio de dos constitución del foro o más Registros, se hará una inscripción principal en aquel en que estuviere situada la central productora y distribuidora, e inscripciones de referencia en los demás, observándose en cuanto fuera posible lo dispuesto en el artículo 6. gravamen.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de diciembre de 1982 En vigor | BOE-A-1982-31132 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1947 | Texto original | Leer |
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