Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Artículo 89.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de mayo de 1947 y la del 17 de diciembre de 1982.
Tachado: lo que se quitó (108 palabras). Subrayado: lo que se añadió (125 palabras).
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Artículo 89.
Caducará la mención y será cancelada transcurrido el quinquenio fijado por la Ley, cuando los bienes especialmente asignados o afectos Los documentos inscribibles relativos a la garantía fueren valores mobiliarios y se acredite su depósito en la forma actos y a los fines expresados contratos en el número segundo que estén interesadas personas que hubiesen desaparecido de la regla b) su domicilio o del artículo quince lugar de la Ley. Los efectos depositados podrán ser retirados su última residencia, sin saberse su paradero y sin dejar apoderado con facultad de administración de todos sus bienes, deberán otorgarse por los herederos en las circunstancias determinadas en el párrafo antepenúltimo del citado artículo. representante nombrado al efecto a instancia de parte legítima o del Ministerio Fiscal, con arreglo a los
La aceptación o reclamaciónlegitimarios no obligará al depositario mientras no le haya sido notificada en forma auténtica. artículos 181 y siguientes del Código Civil.
Todos los referidos depósitos podrán ser alzados en cualquier tiempo si En la inscripción de bienes que acrezcan a los legitimarios lo consintieran expresamente coherederos o si se acreditare colegatarios de un ausente o que se declararon satisfechos practiquen a favor de su legítima, persona con derecho a reclamar la percibieron parte de aquél, y en las de los bienes del declarado fallecido realizadas a favor de sus herederos, se hará constar que quedan sujetos a lo que disponen los artículos 191 y 192 del Código Civil o la renunciaron. 196.2 del mismo cuerpo legal, según proceda.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de diciembre de 1982 En vigor | BOE-A-1982-31132 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1947 | Texto original | Leer |


