Legislación › Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo dispuesto en la misma, y autorizado el Gobierno para que, a propuesta de una Comisión designada por el Ministro de Justicia, determine mediante Decreto cuáles de las disposiciones vigentes sobre expropiación forzosa habrán de continuar en vigor.
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