Legislación › Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
Artículo 11.
Artículo 11.
1. Serán ineficaces las normas de las Ordenanzas y Reglamentos ue contradijeren otras de superior jeraruía.
2. Sus disposiciones vincularán a los administrados y a la Corporación, sin que ésta pueda dispensar individualmente de la observancia.


