Legislación › Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de posesión.
Artículo 3.
Artículo 3.
En el Registro se llevarán los siguientes libros:
Primero. Libro Diario de presentación de documentos.
Segundo. Libro de Inscripción de hipoteca mobiliaria.
Tercero. Libro de Inscripción de prenda sin desplazamiento.
Cuarto. Libro de Estadística.
Quinto. Libro de Honorarios.
Sexta. Libro Inventario.
Se llevará, además, un fichero para índices y los legajos, libros y cuadernos auxiliares que los Registradores juzguen convenientes para el mejor servicio de la oficina.


