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Legislación › Decreto de 4 de febrero de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Epizootias.

Artículo 204.

Artículo 204.

Los Servicios Provinciales de Ganadería remitirán a la Dirección General del Ramo en la primera quincena de enero de cada año, una Memoria-estudio epizootológico provincial relativa al año finalizado.

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