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Legislación › Decreto de 4 de febrero de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Epizootias.

Artículo 311.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de abril de 1955 y la del 13 de julio de 1989. Tachado: lo que se quitó (147 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 311.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Epizootias vigente, cuando la gravedad de la epizootia y las necesidades nacionales en vacuna antiaftosa lo requieran, la Dirección General de Ganadería podrá disponer que por la Sección de Fiebre Aftosa del Patronato de Biología Animal se organicen Centros recolectores de virus en locales e instalaciones de mataderos de cualquier clase del país que se considere necesario.
Serán utilizados para tal fin los bovinos que lleguen a dichos establecimientos con destino al abasto. El aprovechamiento consistirá, en unos casos, en la inoculación intralingual y extracción de aftas; en otros, mediante la simple extracción del epitelio lingual después del sacrificio.
Si procediera abonar indemnización a los interesados por tales aprovechamientos, la cuantía de aquéllos será fijada por la Dirección General de Ganadería, de acuerdo con las circunstancias del mercado y la naturaleza de dichos aprovechamientos.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de julio de 1989 En vigor BOE-A-1989-16442 Leer Qué cambió
14 de abril de 1955 Texto original Leer

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