Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Art. 123.
Art. 123.
No procede la inscripción incompatible con otra anterior sin antes remover legalmente el obstáculo.
Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Art. 123.
No procede la inscripción incompatible con otra anterior sin antes remover legalmente el obstáculo.
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