Legislación › Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Art. 398.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1959 y la del 18 de junio de 1969.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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Art. 398.
Los ejercicios de la oposición serán dos, ambos eliminatorios. versarán sobre Medicina
El primero, técnico-oral, consistirá en contestar verbalmente, en el tiempo máximo de cuarenta minutos, a cuatro temas, tres delegal y uno más de Legislación Civil, sacados a la suerte y necesariamente habrá uno de los comprendidos en el programa carácter práctico que se cite en la convocatoria. consistirá en resolver cuestiones concretas de carácter
El segundo, práctico-escrito,médico-legal médico relacionadas con el Registro Civil.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de febrero de 1993 En vigor | BOE-A-1993-5006 | Leer | Qué cambió |
| 18 de junio de 1969 | BOE-A-1969-745 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1959 | Texto original | Leer |


