Legislación › Orden de 24 de diciembre de 1958 por la que se dan distintas normas concernientes a la puesta en vigor de la Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957.
Sexto.
Sexto.
La primera y última hoja llevará el impreso necesario para extender las correspondientes diligencias de apertura y cierre ajustadas al modelo que se acompaña.
Al dorso de la hoja destinada a la diligencia de apertura de cada libro se consignarán impresas las observaciones que se fijan al pie de cada modelo de las correspondientes inscripciones.


