Legislación › Decreto 140/1960, de 4 de febrero, por el que se convalida la tasa por informes y otras actuaciones.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
No obstante lo previsto en el artículo noveno, la recaudación de la tasa regulada en este Decreto seguirá rigiéndose por las normas, aplicables al tiempo de su publicación, hasta que por el Ministerio de Hacienda se dicten las disposiciones reglamentarias sobre la materia.


