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Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español sobre el reconocimiento, a efectos civiles, de los estudios de ciencias no eclesiásticas realizados en España en Universidades de la Iglesia.

Artículo 10.

Artículo 10.

El Estado Español aplicará a los estudiantes extranjeros de las Universidades a que se refiere el presente Convenio el mismo régimen que prevén las Leyes y los correspondientes acuerdos internacionales en materia de convalidación de estudios.

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