Legislación › Orden de 10 de julio de 1962 por la que se aprueba la nueva nomenclatura de calificaciones de cultivos y aprovechamientos del suelo español que habrá de regir en los trabajos catastrales de la riqueza rústica.
ANEXO
ANEXO
Cuadro general de calificaciones de cultivos y aprovechamientos del suelo español
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1. Tierras labradas. |
1.1 Regadío. |
1.11 Plantas herbáceas. |
Huerta. |
1.111 |
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Labor o labradío. |
1.112 |
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Plantas industriales. |
1.113 |
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Labor o labradío con frutales. |
1.114 |
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Arrozales. |
1.115 |
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Prados o praderas. |
1.116 |
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1.12 Plantas arbóreas o arbustivas. |
Viñedos y parrales. |
1.121 |
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Agrios. |
1.122 |
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Olivos. |
1.123 |
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Plátanos. |
1.124 |
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Frutales. |
1.125 |
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1.2 Secano. |
1.21 Plantas herbáceas. |
Labor o labradío. |
1.211 |
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1.22 Plantas arbóreas o arbustivas. |
Viña. |
1.221 |
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Olivo. |
1.222 |
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Almendro. |
1.223 |
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Algarrobos. |
1.224 |
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Frutales. |
1.225 |
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Zumaque. |
1.226 |
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2. Tierras cubiertas con especies forestales o pastos. |
2.1 Plantas herbáceas. |
Espartizal o atochar. |
2.11 |
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Prados o praderas. |
2.12 |
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Pastos. |
2.13 |
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2.2 Plantas arbóreas o arbustivas. |
Árboles de ribera. |
2.21 |
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Eucaliptos. |
2.22 |
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Mimbreras. |
2.23 |
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Monte alto. |
2.24 y 2.25 |
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Monte bajo. |
2.26 |
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Matorral. |
2.27 |
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Los montes de utilidad pública serán descritos con las especies que los pueblan.
En cada una de las calificaciones relacionadas se podrán hacer las subcalificaciones que a continuación se relacionan:
1.1 Tierras labradas-Regadío
1.11 Plantas herbáceas.
1.111 En huerta se considerarán hortalizas si sólo son de invierno o de todas las estaciones.
1.112 En labor o labradío se incluyen cereales, leguminosas y tubérculos, tanto si hay o no barbechos y de qué duración.
1.113 Plantas industriales: Comprende el lúpulo, caña de azúcar, etc.
1.114 En labor o labradío con frutales se considerará la asociación de cereal con frutal.
1.116 Prados o praderas para segar o bien para pastoreo.
1.12 Plantas arbóreas o arbustivas.
1.121 En el viñedo se incluyen los destinados a fruta, pasa, verdeo y vinificación.
1.122 Agrios: Naranjal y limonar.
1.123 En olivos se considerarán la aceituna de verdeo y la destinada a la extracción de aceite.
1.125 Frutales: Algarrobos, almendros, avellanos, castaños, higueras, manzanos, etc.
1.2 Tierras labradas-Secano
1.21 Plantas herbáceas.
1.211 Labor o labradío: Huerta en terreno fresco y cereales; leguminosas y tubérculos en sus distintas alternativas y hojas de barbecho.
1.22 Plantas arbóreas o arbustivas.
1.221 Viña: Cultivo único o asociado.
1.225 Frutales: Chumberas, avellanos, castaños, higueras, naranjos, palmeral, etc.
2. Tierras cubiertas con especies forestales o pastos
2.1 Plantas herbáceas.
2.11 Espartizal: Especie herbácea que en sus dos variedades, atochar y albardín, suministra fibra, hilo para agavillar y pasta para papel.
2.2 Plantas arbóreas o arbustivas.
2.21 Árboles de ribera: Especies frondosas de hoja plana, álamos o chopos, fresnos, aliso y abedul. Crecimiento rápido; aprovechamiento de madera, bien para construcciones ligeras, madera de embalaje de frutas, ebanistería, pasta de papel.
2.22 Eucaliptos: Especies exóticas del género de este nombre, siendo las más abundantes en nuestro país: E globulus, E rostrata y E resinífera. Crecimiento rápido; apeas de minas, madera construcción, destilación hojas.
2.23 Mimbreras y cañaveral: Plantas arbustivas de gran exigencia de humedad, que se cultivan como setos en las márgenes de cauces y acequias.
2.24 y 2.25 Monte alto: Masas en general sometidas a turnos largos de aprovechamientos, suministrando maderas y leñas, como productos primarios, y resinas, corcho, frutos, etcétera, como productos secundarios o derivados, aunque a veces sean éstos tan valiosos o más que aquéllos, y pastos. Dos grandes grupos debemos considerar en esta calificación, a saber:
2.24 Coníferas o resinosas: Se comprenden en este grupo las ocho variedades de pinos y los abetos, pinsapos, enebro, sabinas, alerces, etc.
2.25 Frondosas: Cupulíferas, así denominadas por su fruto en cúpula (bellota, castaño, hayuco). Las especies integradas en este grupo son robles, encinas, alcornoques, castaño silvestre y haya.
2.26 Monte bajo: Pies nacidos de brote de cepa o raíz, aprovechados a turnos cortos, suministrando leñas, como productos primarios, y cortezas, como secundarios, y pastos. Encinas y robles.
2.27 Matorral: No llegan en su desarrollo a tener carácter arbustivo. Tales son los tomillares, romerales, aulagares, brezales, jarales, lentiscares, piornales, retamares, tojo, etcétera.
Monte de utilidad pública: No es ésta una calificación, sino una extensión superficial en explotación única, que, por su carácter, precisa una descripción de las especies que la pueblan y superficies parciales en que se asientan las mismas.


