Legislación › Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.
Artículo 53.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1977 y la del 28 de junio de 1979.
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Artículo 53.
El Consejo General de Colegios estará integrado por todos los Presidentes de los Colegios Oficiales de Gestores Administrativas administrativos de España, los cuales designarán libremente libremente, entre los colegiados ejercientes que tengan una antigüedad mínima de diez años en el ejercicio de la profesión profesión, a aquellos quellos que hayan de ostentar los cargos de Presidente, Tesorero, Contador y Secretario, así como también los de Vicepresidente, Vicetesorero y Vicesecretario.
En el supuesto de que sea necesaria la votación, ésta se hará de forma que será secreta y cada Presidente de Colegio no pueda dividir los votos que le correspondan entre los candidatos, teniendo que aplicarlos todos a uno solo. En consecuencia, la votación no podrá ser secreta. Consejero tendrá un voto.
Los designados no podrán tomar posesión de sus cargos sin haber cumplido las previsiones del artículo 7.º de la Ley de Colegios Profesionales, en cuanto a la prestación del juramento.
Los expresados cargos se renovarán cada tres años, admitiéndose la reelección. Los demás miembros del Consejo General cesarán cuando finalicen sus mandatos como Presidentes de los Colegios respectivos que representen.
Cuando se designe un Presidente que no tenga su residencia en Madrid, necesariamente deberá recaer la designación del de Vicepresidente en persona que la tenga su residencia en dicha capital.
El Presidente del Consejo General tendrá tratamiento de Excelencia excelencia y los restantes miembros el de llustrísima. ilustrísima.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 1999 En vigor | BOE-A-1998-28699 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 1979 | BOE-A-1979-13938 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 1977 | BOE-A-1977-8946 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 1973 | BOE-A-1973-61 | Leer | Qué cambió |
| 11 de agosto de 1970 | BOE-A-1970-781 | Leer | Qué cambió |
| 28 de marzo de 1963 | Texto original | Leer |


