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Legislación › Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo.

Artículo 9.°

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1977 y la del 1 de enero de 1999. Tachado: lo que se quitó (251 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9.°
Las fianzas podrán cancelarse en los casos de fallecimiento del Gestor, cese voluntario o forzoso en el ejercicio profesional y por ejecución de las mismas, en los supuestos de atraso en el pago de deudas colegiales o mutuales, embargo judicial o administrativo y en las piezas separadas de responsabilidad civil que acuerde la autoridad competente en su proceso penal.
Corresponde acordar la cancelación al Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, previa publicación de anuncios en el ''Boletín Oficial'' de la provincia y en un periódico de la localidad o, en su defecto, de la capital de la provincia donde el Gestor ejerciera la profesión, que redactará el Colegio correspondiente, a solicitud de parte interesada, y remitirá, para su publicación, al particular o autoridad que lo hubiera instado, siendo de su cuenta los gastos que con este motivo se originen, los cuales tendrán la consideración de costas en los casos de embargo o proceso penal y nunca podrán gravar los presupuestes colegiales. El Consejo General acordará la cancelación de la fianza, una vez que el Colegio certifique que no se produjeron reclamaciones en el plazo de tres meses siguientes al anuncio.
En el caso de producirse alguna reclamación, el Consejo General la recogerá en la orden de cancelación, a los efectos de que se observen, por el depositario, las normas reguladoras de la prelación de créditos.
Al mismo tiempo se suspenderá al Gestor en el ejercicio de la profesión, hasta que reponga la fianza al nivel ordenado en el Estatuto.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1999 En vigor BOE-A-1998-28699 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1977 BOE-A-1977-8946 Leer Qué cambió
28 de marzo de 1963 Texto original Leer

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