Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Artículo 34.
Artículo 34.
Los diferentes Departamentos ministeriales, en colaboración con el Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios, podrán organizar cursos de perfeccionamiento para los funcionarios de los Cuerpos especiales.


