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Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.

Artículo 75.

Artículo 75.

Corresponderá la concesión de licencias al Subsecretario del Departamento o al Director general respectivo cuando así se fije reglamentariamente.

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