Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Sección 2
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1965 y la del 23 de agosto de 1984. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Sección 2.ª Sueldos y complementos de sueldos
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de agosto de 1984 En vigor | BOE-A-1984-17387 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1965 | Texto original | Leer |


