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Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.

Sección 3

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1965 y la del 23 de agosto de 1984. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Sección 3.ª Otras remuneraciones

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de agosto de 1984 En vigor BOE-A-1984-17387 Leer Qué cambió
1 de enero de 1965 Texto original Leer

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