Legislación › Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Para la financiación de la función pública el Gobierno podrá introducir cuantas modificaciones sean necesarias en orden a la aplicación de todos los fondos presupuestarios y de tasas y exacciones parafiscales que se destinen a atenciones de personal.
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