LexTotal

Legislación › Orden de 1 de diciembre de 1964 por la que se aprueban normas de seguridad para la construcción, montaje y funcionamiento de las «Plantas de llenado y trasvase de gases licuados de petróleo».

Decimotercera.

Decimotercera.

Los motores de combustión interna deben instalarse lo más lejos posible de las dependencias donde existan G. L. P., a una distancia mínima de ellas de 15 metros.

Sus tubos de escape deben estar provistos de dispositivos cortafuegos.

← Duodécima Índice Decimocuarta →