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Legislación › Orden de 29 de enero de 1964 sobre títulos profesionales menores de las Marinas Mercante y de Pesca.

Artículo 16.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de marzo de 1964 y la del 13 de enero de 1965. Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16.
Las solicitudes de examen, acompañadas del total de los documentos exigidos, se entregarán en la Comandancia Militar de Marina en que aquél se celebre, en las fechas que por cada una de ellas se anunciará oportunamente. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 1965 En vigor BOE-A-1964-23661 Leer Qué cambió
9 de marzo de 1964 Texto original Leer

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