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Legislación › Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.

Artículo sesenta y uno.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de mayo de 1964 y la del 28 de mayo de 2011. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo sesenta y uno.
El Consorcio de Compensación de Seguros será informado por las entidades aseguradoras de todas las operaciones de esta naturaleza que pretendan realizar, así como las de reaseguros en su caso, y tendrá la facultad de veto cuando lo estime oportuno para los intereses nacionales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de mayo de 2011 En vigor BOE-A-2011-9279 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1964 Texto original Leer

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