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Legislación › Decreto 2427/1966, de 13 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Decreto número 1120/1966, de 21 de abril, texto refundido de la Ley de Derechos Pasivos de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Artículo 6.

Artículo 6.

Uno. En los casos de pensiones excepcionales concedidas por Leyes especiales a personas determinadas, la Di­rección General del Tesoro ejecutará el mandato legal y tendrá las facultades que las disposiciones generales en materia de derechos pasivos le otorgan.

Dos. En los expedientes de reconocimiento y declaración de las pensiones a que se refiere el párrafo anterior quedará sufi­ciente constancia de lo disposición legal que las determina.

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