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Legislación › Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio.

Art. 7.

Art. 7.

El Consejo Superior de Bolsa es el órgano representativo de las Bolsas Oficiales de Comercio de la Nación.

Actuará igualmente como órgano de coordinación y consultivo en las cuestiones que sean de su competencia y podrá proponer al Ministerio de Hacienda las medidas que estime necesarias para el mejor cumplimiento de la función que corresponde a las Bolsas Oficiales de Comercio.

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