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Legislación › Orden de 18 de enero de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación de Vejez en el Régimen General de la Seguridad Social.

preambulo

Ilustrísimo señor:

La Ley de Seguridad Social de 21 de abril de 1966 regula, en el capítulo VII del título II, la prestación por vejez, y refiere a la misma materia su disposición transitoria segunda y determinados números de la tercera en lo que afecta a las cotizaciones efectuadas.

El Reglamento General, aprobado por Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, establece normas para determinar la cuantía de la indicada prestación y condiciones del derecho a las mismas.

Ambos textos precisan, para su efectividad, de las consiguientes disposiciones de aplicación y desarrollo, previstas en la propia Ley.

En consecuencia, y de conformidad con lo preceptuado en el apartado b) del número uno del artículo cuatro y en la disposición final tercera de la Ley de Seguridad Social, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

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