Legislación › Decreto 2177/1967, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Cobertura de Riesgos Nucleares.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Compete al Gobierno, a propuesta del Ministro de Hacienda y previo informe del Ministerio de Industria, calificar de catástrofe natural de carácter excepcional a efectos de lo dispuesto en el número uno del artículo cuarto de este Reglamento los accidentes nucleares ocurridos que por sus circunstancias merezcan esta consideración.


