Legislación › Ley 15/1967, de 8 de abril, sobre compilación del Derecho civil de Aragón.
Artículo treinta y cinco. Casamiento en casa.
Artículo treinta y cinco. Casamiento en casa.
El usufructo proveniente del casamiento en casa se extingue cuando los cónyuges abandonan ésta o la explotación familiar.
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