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Legislación › Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos.

Artículo 17.

Artículo 17.

Los Jueces marítimos permanentes llevarán los libros-registro correspondientes y tendrán a su cargo el archivo de los expedientes terminados.

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