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Legislación › Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos.

Artículo 61.

Artículo 61.

Publicará los correspondientes edictos, recibirá las declaraciones que considere necesarias y practicará cuantas diligencias estime pertinentes para garantizar los derechos del hallador y los de los propietarios.

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