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Legislación › Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos.

Artículo 66.

Artículo 66.

En el caso previsto en el párrafo primero del artículo 64, si el valor de lo hallado excediera de 10.000 pesetas, el Instructor elevará el expediente a la Autoridad jurisdiccional, que decidirá la venta en pública subasta de los efectos hallados, los cuales no podrán ser adjudicados en menos de 10.000 pesetas

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