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Legislación › Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos.

Artículo 73.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de junio de 1967 y la del 19 de marzo de 2020. Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 73.
Para la concesión de los permisos de exploración, rastreo y localización de cosas hundidas, la Autoridad de Marina tendrá en cuenta las disposiciones especiales que rigen en la materia. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2020 En vigor BOE-A-2020-2837 Leer Qué cambió
6 de junio de 1967 Texto original Leer

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