Legislación › Decreto 2248/1968, de 20 de septiembre, sobre Asociaciones de Estudiantes.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Las elecciones para los cargos que se establecen en este Decreto se celebrarán en la fecha que acuerden los Rectores o, por su delegación, los correspondientes Decanos y Directores de Escuelas, quienes igualmente señalarán los pormenores del procedimiento electoral en orden a garantizar la autenticidad representativa.
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