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Legislación › Decreto 2248/1968, de 20 de septiembre, sobre Asociaciones de Estudiantes.

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única.

Las Asociaciones de Estudiantes, por ramas profesionales, legalmente constituidas se acomodarán en el plazo de un año a partir de la publicación del presente Decreto a lo establecido en el mismo o a lo que se establezca en las normas que se dicten para su desarrollo.

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