LexTotal

Legislación › Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana.

ANEJO NÚMERO 1

ANEJO NÚMERO 1

Descripción de los linderos del Parque Nacional de Doñana

Este: Río Guadalquivir, desde el muelle del Rey o de la Plancha hasta la confluencia con el brazo de la Torre. Sigue por el brazo de la Torre hasta el límite septentrional de Las Nuevas, y a lo largo de él, en dirección Oeste, hasta llegar a 200 metros al Este del caño Travieso. Desde este punto sigue en línea recta en dirección Norte, ligeramente inclinada hacia el Oeste, hasta encontrar el muro que separa Marisma de Guadiamar y Cochinillo segundo, en un punto situado a 700 metros del pozo de Mari López, en dirección Sudeste. Sigue por el muro en dirección Noroeste hasta el vértice del ángulo que se forma con el límite Oeste de Cochinato segundo y Cochinato primero. Sigue a lo largo de este muro hasta encontrar el muro transversal.

Norte: Desde el punto anterior en que el muro de separación de Marisma de Guadiamar y Cochinato segundo y Co­chinato primero corta al muro transversal, sigue por dicho muro transversal con dirección a El Rocío hasta cortar el caño de Guadiamar. Desde este punto continúa en línea recta con dirección Oeste, inclinada sensiblemente hacia el Sur, hasta la Casa de los Barreras, después de atravesar las marismas de Hinojos y cortar la Madre de Las Marismas o del Rocío. Desde la Casa de los Barreras sigue hacia el Oeste el límite septentrional de La Algaida de Doñana hasta llegar a la alam­brada del Coto de Doñana. Continúa en línea recta con la misma dirección hasta encontrar la carretera que une El Rocío con Torre de la Higuera.

Oeste: Desde este vértice se continúa en dirección Sureste, y siempre a un kilómetro de la playa, hasta llegar al límite de la finca denominada «Las Marismillas». Desde este punto se dirige perpendicularmente a la playa y sigue a lo largo de la playa en un recorrido aproximado de tres coma seis kilómetros. Desde el punto anterior situado en la playa sigue perpendicu­larmente a la línea costera, recorriéndose en esta dirección un kilómetro. Desde este punto y perpendicularmente a la direc­ción anterior, es decir, paralelamente a la playa, sigue en di­rección Sureste, conservando la misma distancia, hasta llegar a la altura de la «Casa del Inglesillo».

Sur: Desde el punto anterior, o sea, desde la altura de la «Casa del Inglesillo», toma una dirección recta hasta el muelle del Rey o de la Plancha, punto de iniciación del lindero Este, quedando de esta forma cerrado el Parque.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 285, de 28 de noviembre de 1969. BOE-A-1969-1370.

← Artículo séptimo Índice