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Legislación › Decreto 148/1969, de 13 de febrero, por el que se regulan las denominaciones de los graduados en Escuelas Técnicas y las especialidades a cursar en las Escuelas de Arquitectura e Ingeniería Técnica.

Artículo 1.

Artículo 1.

Las denominaciones de los técnicos de Grado Superior serán:

Arquitecto.

Ingeniero Aeronáutico.

Ingeniero Agrónomo.

Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

Ingeniero Industrial.

Ingeniero de Minas,

Ingeniero de Montes.

Ingeniero Naval.

Ingeniero de Telecomunicación.

Ingeniero Electromecánico.

Pudiendo ser complementadas con la palabra «Superior».

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