LexTotal

Legislación › Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.

Art. 131.

Art. 131.

De la incoación de todo expediente de corrección disciplinaria y de la imposición de las correcciones de plano se dará cuenta inmediatamente al Consejo Fiscal. Este podrá recabar para sí el conocimiento de cualquier expediente de corrección de cuya incoación tenga noticia.

← Art 130 Índice Art 132 →