Legislación › Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.
Art. 149.
Art. 149.
Para exigir la responsabilidad criminal al Fiscal del Tribunal Supremo se necesitará que el Teniente Fiscal o, en su caso, el Inspector Fiscal del Tribunal Supremo, cumpliendo orden del Ministro, entable la correspondiente querella.


