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Legislación › Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.

Art. 184.

Art. 184.

El Tribunal de Honor se constituirá y actuará en el lugar que determine la disposición que acuerde su formación, teniendo en cuenta las conveniencias del servicio a la vista de la distribución del personal, del destino del inculpado y del sitio en que se supongan cometidos los hechos objeto del procedimiento.

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