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Legislación › Orden de 20 de mayo de 1969 por la que se aprueba la adaptación de las ordenanzas técnicas y normas constructivas, aprobadas por Ordenes de 12 de julio de 1955 y 22 de febrero de 1968 al texto refundido y revisado de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial y su Reglamento.

Ordenanza 3ª

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de junio de 1969 y la del 6 de julio de 1976. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

ORDENANZA 3.ª
Proyectos de urbanización
De conformidad con lo previsto en el artículo 79 del Reglamento, los proyectos de viviendas vendrán acompañados del correspondiente proyecto de urbanización si fuera necesario.
Los proyectos de urbanización comprenderán los apartados siguientes: Movimiento de tierras, abastecimiento de aguas, red de desagüe, alumbrado público, pavimentaciones y zonas verdes. Estos proyectos constarán de Memoria, planos, presupuesto, con estado de mediciones suficientemente detallado para justificar clase y cuantía de los materiales que se van a emplear, pliego de condiciones facultativas y económicas y ordenanzas de uso.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de julio de 1976 En vigor BOE-A-1976-11506 Leer Qué cambió
12 de junio de 1969 Texto original Leer

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