Legislación › Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas.
Artículo 11.
Artículo 11.
Son miembros de honor y de mérito las personas naturales designadas por la Junta General del Colegio que rindan o hayan rendido servicios destacados al mismo o a la profesión, sean o no Administradores y sean nacionales o extranjeros.


