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Legislación › Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas.

Artículo 11.

Artículo 11.

Son miembros de honor y de mérito las personas naturales designadas por la Junta General del Colegio que rindan o hayan rendido servicios destacados al mismo o a la profesión, sean o no Administradores y sean nacionales o extranjeros.

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