Legislación › Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas.
Artículo 8.
Artículo 8.
Las personas que constituyen el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas pueden ser miembros de número, miembros no ejercientes y miembros de honor y de mérito.


