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Legislación › Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.

Artículo 52.

Artículo 52.

La exclusión de un pueblo o comarca podrá ser solicitada por la Hermandad o Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos interesadas en ello. En el expediente que se tramite a tal efecto serán preceptivos los informes de la Delegación Provincial del Ministerio de Agricultura, Cámara Oficial Sindical Agraria y Sindicato Provincial de Ganadería.

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