Legislación › Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras.
Artículo 52.
Artículo 52.
La exclusión de un pueblo o comarca podrá ser solicitada por la Hermandad o Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos interesadas en ello. En el expediente que se tramite a tal efecto serán preceptivos los informes de la Delegación Provincial del Ministerio de Agricultura, Cámara Oficial Sindical Agraria y Sindicato Provincial de Ganadería.


